PREGUNTA:
Hola,
He visto el blog del abogado Alonso Ricardo Trenado Fajardo, y deseo hacerle una consulta que espero tenga la amabilidad de responderme:
En mi vivienda se ha producido un daño motivado por una fuga leve, pero continua, de agua en el piso superior, y el propietario de esa vivienda (no tiene seguro del hogar) se niega a repararlo. Él alega que hemos tardado en avisarle, a pesar de que éramos conscientes de que existían indicios de humedad, por lo que el daño producido ha sido mucho mayor de lo que debiera.
Ciertamente, ha podido haber algo de retraso en detectar la avería, pero:
¿Es esto motivo para negarse a sufragar la reparación de los daños? (Dice que sólo está dispuesto a cubrir el coste de la pintura, pero también hay que reparar parte del nuestro techo)
¿Qué posibilidades tengo de solucionarlo mediante una denuncia jurídica?
RESPUESTA:
Estimado señor:
 
No hay duda de que su vecino es responsable de los daños causados. En cuanto al retraso, habrá que diferenciar entre:
 
1º) Conozco la existencia de la humedad, pero desconozco el motivo (no soy técnico) y por tanto no tengo responsabilidad sobre los mayores daños.
2º) Soy responsable de  que existan mayores daños por mi "negligencia" a la hora de poner en conocimiento la fuga de agua.
 
Personalmente y con los pocos datos existentes, es difícil darle una respuesta a las anteriores preguntas, pero entiendo que si se interpusiera una demanda (con un peritaje sobre los daños ocasionados y un presupuesto de reparación), el juez la estimaría. Por supuesto la defensa de la parte demandada se basaría en que los daños han sido mayores por la dejadez del propietario a la hora de comunicar la avería, pero tendrá muchas dificultades de prueba tendría que tener un perito que indicara cuales son esos mayores daños y tendría que separarlos en el tiempo).
 
Entiendo que el primer paso es tener uno o varios presupuestos de reparación, un peritaje de su propio seguro, y con esa documentación hacer una reclamación extrajudicial formal (burofax) al vecion de la planta superior. En el caso de que se oponga a la reparación procedería judicialmente.
 
Atentamente,
Muchas gracias por su respuesta.
 
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