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miércoles, 29 de abril de 2009

SOBRE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA Y LOS INMUEBLES AFECTOS A ACTIVIDADES ECONÓMICAS

PREGUNTA:
Buenos dias, mi consulta es la siguiente:
En el año 2007, mi pareja y yo compramos una casa al 50% cada uno; para el pago de la misma entregamos dinero a cuenta al promotor y el resto lo financiamos con una hipoteca.
El caso es que este año Hacienda nos incluye en el borrador una cantidad en concepto de bienes inmuebles no afectos a AAEE y no se que significa esto, ya que a parte de la vivienda que le he comentado al principio (vivienda habitual), no tenemos ninguna otra propiedad.

¿Debo confirmar el borrador aceptando por tanto la inclusion de ese concepto o deberia hacer mi propia declaracion sin incluir nada de eso?

Gracias

RESPUESTA:

Buenas tardes:

Bienes inmuebles no afectos a AAEE (Actividades económicas). Es decir, que no se desarrollan actividades económicas en él. En cuanto a su inclusión en el borrador, entendemos que si no tiene otro inmueble, y es su vivienda habitual, debe estar incluida en la declaración de la renta como su domicilio, deducirse por su compra y desde luego sin que suponga ingresos por propiedad de inmuebles.

No confirme el borrador y haga su declaración con lo anteriormente expresado.

Atentamente,

domingo, 19 de abril de 2009

Imputación de rentas inmobiliarios. Declaración de la renta del año 2009

PREGUNTA:

Hace cuatro años compró mi madre un pisito en ________________). Al ser yo hija única, decidió poner a su nombre el 50% y el otro 50% al mio, ella usufructuaria. Este año tengo la sorpresa de que en el borrador de la Declaración que me ha enviado Hacienda, me pone como "Bienes inmuebles no afectos a AAEE, excluida la vivienda habitual e inmuebles asimilados" Renta imputada. Inmueble 1, la cantidad de 1.118,17€.
Miro el recibo de contribución (que abona mi madre) y me sorprende que el valor catastral es de 203.304,40 (mucho más que el valor del piso).

Mi preguntas son:
Tengo que pagar yo por ese piso?
No es muy alto el valor catastral, cuando el valor real de ese piso es bastante mas bajo? -mi madre pagó 180.000€-
Que pasos debo dar yo?

Espero que su respuesta me sirva para aclarar mis ideas y sobre todo para saber el camino que debo seguir.
Muchas gracias


RESPUESTA:

Buenos días:

Contestamos a sus preguntas:

1º) Sí, tiene que pagar por ese piso, es usted propietaria de él al 50 %, luego se le supone ese rendimiento inmobiliario.
2º) En cuanto a la valoración catastral no tiene que ser igual al precio de compra, no obstante nos parece muy alto, por ello nosotros iniciaríamos un expediente en el catastro de revisión de nuestro inmueble, para ello nos pondríamos en contacto con el Ayuntamiento correspondiente, solicitaríamos el valor catastral del municipio por metro cuadrado, a los efectos de calcular el valor catastral de nuestro piso, y con ese dato iniciaríamos una solicitud ante las oficinas catastrales para que revisiaran el valor. Aportaríamos si fuera necesario la copia de la escritura de compra y el valor municipal que nos hubieran certificado.

Atentamente,