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lunes, 27 de julio de 2009

Impago alquiler

PREGUNTA:

Muy buenas:

Mi caso es que estoy de arrendamiento en una vib¡vienda gestionada por la consejería de fomento de castilla león, al día de hoy pago una renta de 508 € (renta + comunidad) por separado el caso es que en este momento estoy en paro y percibiendo solo el subsidio osea 421 €. Informé de ello a _____( empresa publica esperando recibir alguna subencion o algo similar dada mi situación y dado que ene l plan REVIVAL al que estoy acogido marca no se puede cobrar de renta mas del 30% de los ingresos y su contestación fue quew pagará me fuera o se haría cargo el gabinete jurídico con las consiguientes cargas de costas etc. Dado que mi situación se agrava al no tener ningún familiar en esta provincia , con el cual ir a vivir mi pregunta es:¿ Que consecuencias tendría el estar unos meses sin abonar esta cantidad? Y que plazo suele ser eol aproximado para salir dictamen. Dado que en este momento no me es posible optar por otra opción.
Muchas gracias


RESPUESTA:

Estimada señora:

Tendríamos que ver su contrato para darle una respuesta más acertada, no obstante, si podemos indicarle que si deja de pagar se iniciará una demanda (artículo 444 LEC) de desahucio por falta de pago. Tardan aproximadamente unos 4 meses en llegar hasta la vista (juicio), y aproximadamente 20 días en dictar sentencia, otro mes y medio más para el desahucio.

Estos plazos son estimados para su Comunidad Autónoma y dependerán en todo caso de la carga de trabajo del Juzgado en que toque su expediente por reparto.

En cuanto a los gastos, aproximadamente un 30 % de lo solicitado en demanda (dejado de percibir por rentas) y por supuesto las rentas dejadas de pagar.

Si no tiene bienes ni ingresos será usted insolvente y tendrá una deuda pendiente hasta el momento en el que su situación económica mejore.

Un saludo.

miércoles, 29 de abril de 2009

Impago alquiler

PREGUNTA:

buenas tardes:

mi duda es la siguiente. tengo alquilado un apartamento, alquiler que estaba reflejado en un contrato. el contrato establecía que el alquiler se realizaría por un periodo de 11 meses.
pasado ese tiempo, los inquilinos dejaron de pagar las mensualidades, no han devuelto las llaves y siguen haciendo uso del mismo.
¿qué debo hacer? ¿puedo desalojarles al haberse extinguido el contrato o tengo que recurrir a la via judicial?

atentamente

RESPUESTA:

Estimado amigo:

Cualquier inmueble alquilado como vivienda tiene un contrato con una duracción mínima de 5 años. Con ello quiero decir, que pueden continuar en el uso del inmueble salvo que en el contrato se haya establecido el alquiler como de temporada.

Lo que debe usted hacer, ya que no le pagan, es iniciar una reclamación vía judicial solicitando el desahucio por falta de pago y la reclamación de las rentas dejadas de percibir.