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lunes, 12 de mayo de 2008

CONSULTA JURÍDICA. LABORAL. CONVENIO COLECTIVO.

PREGUNTA:


Buenos días, soy trabajadora de una subcontrata de la Junta de Andalucía, estoy adscrita a un turno de noche fijo. Quería saber que tipo de derechos tenemos los trabajadores de este tipo. Tenemos que ralizar el mismo numero de turnos que los trabajores que no realizan turnos fijos de noche ?, tenemos derecho a las 4 horas por elecciones?, Tenemos derecho a horas médicas?, Hay algun tipo de legislación que protega a este tipo de trabajadores o que regule sus horas laborales mensuales?, Ahora mismo realizamos 15 turnos al mes de 8 horas cada uno y 2 guardias de noche. Los compañeros que no estam adscritos a este turno realizan 18 turnos y 2 guardias.

Gracias

RESPUESTA:

Todo lo que me preguntas aparece regulado en el Convenio Colectivo aplicable. Para obtener copia lo mejor que puedes hacer es enterarte a través del sindicato del Convenio que regula tu relación laboral. En su articulado encontrarás todas las respuestas a las preguntas planteadas.