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martes, 19 de abril de 2016

La cláusula suelo hipotecaria y el control de transparencia

No debemos confundirnos, hay cláusulas suelo válidas, y lo primero que debe hacerse es comprobar si la de nuestra hipoteca cumple con los requisitos necesarios para considerarla ajustada a derecho. 

En los supuestos de contratos entre un consumidor y una entidad bancaria, en la gran mayoría de los casos, la cláusula suelo ha sido establecida sin cumplir los criterios mínimos de seguridad jurídica para la parte débil -el consumidor-, y provoca su nulidad.

Para que una cláusula suelo tenga validez es necesario que supere el control de transparencia, esto es, que cumpla con una serie de criterios:

  • Claridad.
  • Concreción.
  • Sencillez.
Y que no resulte en ningún caso:
  • Ilegible.
  • Ambigua.
  • Oscura.
  • Incomprensible.
En relación a lo anterior la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid (SAP Valladolid de 9 de febrero de 2016), nos dice en relación a la necesaria transparencia que se entienda: 

"...en el sentido de comprensión por el consumidor ..., que le permita percatarse de que se trata de una cláusula que define el objeto principal del contrato e incide o puede incidir en el contenido de su obligación de pago, es decir, una información que permita al prestatario consumidor tener un conocimiento real y razonablemente completo de como juega o puede jugar en la economía del contrato esa cláusula suelo".



jueves, 19 de noviembre de 2009

RECLAMACIÓN REPSOL

PREGUNTA:

Hola ,
hace un tiempo, denuncie via mediación de consumo a la empresa
Repsol por dejarnos sin gas durante 3 semanas en pleno invierno, yo llamé varias veces, hice las pertinentes reclamaciones (tengo todos los números de reclamación)... en fin 3 semanas de diciembre para enero con una niña de 1 año (biberones,comidas, calefacción, duchas...) y sin gas .
Reclamé a consumo y finalmente recibí una carta diciendome que se archivaba la reclamación por no ser aceptada por Repsol y que tenia la opción de denunciarlos via judicial.
Para denunciarlos via judicialmente, ¿que costes me puede
ocasionar? ¿tengo alguna posibilidad? ¿que les puedo reclamar?

Gracias!

RESPUESTA:

Estimado señor:

Efectivamente entendemos que tiene usted abierta la vía judicial. Puede reclamarle los daños y perjuicios ocasionados. Pero el problema es determinar cuales son estos daños y perjuicios.

Puede conseguir una indemnización de los gastos que haya sufrido, a modo de ejemplo, y para ello aconsejamos que presentara todas las facturas eléctricas con el aumento de costes que le haya provocado esa situación (comparativo con otros años y los mismos meses), y una cantidad a tanto alzado por daños morales.

El coste del procedimiento es de difícil cálculo, dependerá de las cantidades solicitadas.

Un saludo.