miércoles, 20 de mayo de 2009

CONCEPTO A CUENTA CONVENIO Y RETRIBUCIÓN VOLUNTARIA EN NÓMINAS

PREGUNTA:

Buenas tardes,

Mi consulta es la siguiente: La empresa en la que trabaja mi marido desde hace 15 años la vendieron el 1 de Enero de 2.009, firmaron un papel como que eran trabajadores de los nuevos propietarios en las mismas condiciones en las que estaban, y el sueldo, el mismo que el del último año. La sorpresa ha venido a la hora de la subida del IPC, como mi marido cobra por encima de convenio, le han absorbido esa subida, con lo que no ha sido real la subida del IPC. ¿Esto es legal?. Comentarles también, que en la nómina de la antigua empresa, el dinero que cobraba por encima de convenio aparecía en un concepto llamado retribución voluntaria, y a partir de Enero, la nueva empresa cambió ese nombre por el de ' a cuenta convenio ', supongo que algo tendrá que ver.


Reciban un saludo, y muchas gracias.

RESPUESTA:

No tenga ninguna duda, efectivamente el hecho de cambiar el concepto por el a cuenta convenio significa que las subidas se aplican a dicho concepto.

Es completamente legal.

En la gran mayoría de nóminas que vemos en el despacho viene ese concepto de a cuenta convenio, que permite a las empresas pagar anticipadamente mes a mes la subiedda que luego se aprueba a través de la publicación de las tablas salariales en el BOE. En descargo de las empresas hay que decir que los convenios se aprueban casi siempre en fechas muy posteriores al inicio del año y tienen efectos retroactivos en cuanto al pago de las retribuciones de los trabajadores.

Atentamente,

El equipo de www.abogadosenred.es

9 comentarios:

Anónimo dijo...

Buenas tardes
Yo hasta hace poco cobraba unos 12,5€ al mes a cuenta de convenio, pero desde Enero de este año ya no lo cobro, en cambio hay personas de mi trabajo que si que lo cobran.
Es posible que hagan esto? Porque no lo entiendo y la de Recursos humanos tampoco me lo ha sabido explicar.
Me podeis ayudar

Alonso Ricardo Trenado Fajardo dijo...

Pues efectivamente no podemos explicar el motivo. Puede ser un simple error informático.

No obstante recuerde que el a cuenta convenio es un concepto que cubre la subida de salario que aprueba el convenio colectivo aplicable. El problema es que éstos se firman a finales de año y tienen efectos retroactivos, por ese motivo existe el complemento que nos cita.

En su caso, al no existir el a cuenta, en el momento de aprobación del aumento salarial tendrán que pagarle todos los atrasos.

Un saludo.

PaSkI dijo...

Yo no he sabido encontrar ningún perjuicio para mi, de todas maneras comentaros que en mi caso el 20% de mi salario es en A Cuenta Convenio (y no por negociación de convenio, llevo cobrando por ese cocepto desde que entré en la empresa). ¿Sabéis decirme si puedo tener algún conflicto?

Alonso Ricardo Trenado Fajardo dijo...

El a cuenta convenio se utiliza para que una vez publicado el convenio colectivo con las nuevas tablas salariales no existan "atrasos". De esa forma el trabajador va percibiendo poco a poco las futuras subidas.

No existe problema para usted. Y si indicarle que en su caso si el concepto a cuenta convenio aparece así en un tiempo largo en el tiempo se ha consolidado, convirtiéndose en salario real que la empresa no puede dejar de pagar sin provocar una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo.

Anónimo dijo...

Buenos dias: si he estado entregando "a cuenta convenio" unas cantidades durante 2011, 2012 y 2013 y una vez aprobadas las tablas el convenio solo publica la tabla del 2014, y no publican las tablas de esos años..con lo que no hay incremento de salario.¿como recupero ese dinero que en teoria no le pertenecia al trabajador?
gracias.
Josemanuel.

Anónimo dijo...

Buenos días,

La empresa para la que trabaja mi marido acordó con él un salario neto de 1500€ mensuales con plus convenio y prorrateo de pagas extra incluído. El salario base por su categoría profesional es de unos 800€. El resto se lo incluían en nómina como mejora voluntaria. De repente y sin previo aviso por parte de la empresa, han cambiado el concepto, por el de cuenta convenio, me preocupa que le paguen 400€ mensuales por medio de ese concepto. Ya han amenazado con quitarle ese plus si se niega a trabajar en condiciones al margen de la ley(nocturnidad sin cobrar, 12 horas diarias sin cobrar...), pero lo que me preocupa aun mas es que se le pueda reclamar ese dinero mas adelante, si se aprueba el convenio. Podría su jefe reclamarle encima que le devuelva la diferencia percibida durante todos estos meses?

Alonso Ricardo Trenado Fajardo dijo...

Estimada amiga del Blog: La empresa para la que trabaja su marido ha modificado unilateralmente los conceptos del salario en nómina con la intención de evitar tener que pagar los posibles atrasos derivados de la aplicación de una actualización de salarios aprobada en el próximo convenio.

Si no existe el anticipo convenio, el trabajador podría exigir la retribución dejada de percibir y la inspección de trabajo podría abrir acta de inspección por las cantidades derivadas de los atrasos que no fueran objeto de cotización.

En cuanto a su pregunta acertadísima sobre si la empresa puede descontar las cantidades pagadas de más, la respuesta es afirmativa, pero con excepciones, ya que si usted puede demostrar -como ocurre en su caso-, que ya se cobraban esas cantidades en concepto de retribución voluntaria, el Juez social considerará esas cantidades consolidadas en el salario, existiendo unas altísimas probabilidades de obtener una sentencia favorable a los intereses del trabajador.

No nos cansaremos de recordar que el Juez laboral, por ley, está obligado a dictar sentencia en caso de duda a favor del operario (trabajador), al que se le considera la parte más débil de la relación laboral.

DAVI dijo...

Buenas tardes: tengo una consulta q me ha surgido a raíz de la declaración de la renta de mi marido. En el 2015 cuenta con un bruto mensual de 1208 euros formado por los conceptos de salario base, plus convenio y el concepto de a cuenta de convenio de una cantidad de 123 euros,quedándose un neto mensual de 990 euros (reteniendo le en todas las nóminas de ese año un 10,88 % de IRPF.En el 2016 tiene en nómina los mismos conceptos de los cuales el salario base y el plus de convenio es exactamente igual en cantidad pero en el concepto de a cuenta convenio,es bastante más bajo q el del año anterior, siendo en este año de 43 euros. En todos las nóminas del 2016 la retención ha sido tan sólo de un 5% de irpf.de modo q el salario neto ha seguido siendo el mismo (990 euros) pero el bruto ha bajado con respecto al año anterior, quedándose en 1128 euros. Lógicamente ahora de cara a hacienda le devuelven muy poco a diferencia del año anterior, a pesar de haber cobrado en neto exactamente lo mismo cada mes.mi pregunta es ¿ Es legal q le bajen el bruto utilizando el concepto de A cuenta del convenio? insisto en q el salario base y el plus no han variado en absoluto,de lo q yo deduzco q le han bajado el salario de un año a otro. Muchas gracias de antemano.

Alonso Ricardo Trenado Fajardo dijo...

Estimada Davi, gracias por su comentario. Efectivamente lo que ha habido es una bajada de sueldo, y tendrá que comprobar si ha ocurrido en años anteriores. Para determinar si la empresa puede reducir el concepto de a cuenta convenio hay que determinar con las nóminas de varios años si el salario estaba consolidado.

Un saludo.