Estimados clientes:
Indicaros que a partir del 22 de diciembre de 2014, se ha reducido el período de prueba en los contratos de obra o servicio, los eventuales y los de interinidad que vayan a durar seis meses o menos.
En estos casos no podrán tener un período de prueba superior al mes.
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Alonso Ricardo Trenado Fajardo
Abogado Col. ICAM 57429
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"El derecho es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho".
El Digesto
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