RESPUESTA:
 Estimado señor:
 Con los datos que nos aporta entendemos existía un testamento a favor del cónyuge y su tía no tenía hijos, ni ascendientes.
 Efectivamente ustedes como sobrinos no son considerados herederos en las condiciones explicadas.
 En futuras herencias se estará a lo dispuesto en las últimas voluntades de su tío, y a falta de testamento a la línea hereditaria establecida en la ley. 
 En su caso, la herencia de su tío será de sus hijos, a falta de estos sus ascendientes, a falta de estos sus líneas colaterales, hermanos e hijos de sus hermanos.
 Atentamente,
 PREGUNTA:
Mi tia tenia una cartilla en el banco con ella como unica titular con**** que pasara a mi tio.
Estimados Señores, me dirijo a ustedes para formular mi pregunta sobre una herencia.
Hace apenas 2 meses una tia Fallecio, dejando en su testamento como heredero universal a su esposo(mi tio).
Ellos tienen un piso escriturado a nombre de los dos, y que despues de fallecer mi tia, se volvio a escriturar a nombre de mi tio solamente.
Se que ante esta situacion hemos quedado excluidos de heredar el dia que mi tio falte lo correspondiente a mi tia.
Mi pregunta es: ¿Existe algun resquicio que nosotros podamos exigir o hacer, para que al faltar el, nosotros podamos recibir como herecia de la parte proporcional de mi tia y asi no pase todo a nombre de la familia del mismo??
Agradeciendole de antemano
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Sigue nuestro blog:  www.abogadosenred.es
 Alonso Ricardo Trenado Fajardo
 Abogado Col. ICAM 57429
 C/ Doctor Esquerdo 29 1º D 28028 Madrid
 Tfno: 639 140 654  Fax: 91 468 58 32
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