PREGUNTA:
Buenos días, agradecería su orientación : 
Mi ___________ es viuda y convive conmigo y mi mujer, la mantenemos y cuidamos hace unos años. 
Mi ________ tuvo dos hijas, mi mujer y mi cuñada, y tenía hecho testamento dejando la mitad de su herencia a cada una de ellas.
La herencia de mi _______ consiste en el piso donde vivía, que está a su nombre y de las dos hermanas, y de dinero en el banco.
Mi cuñada falleció dejando herederos a sus dos hijos. Por tanto, los herederos de mi suegra son mi esposa y mis dos sobrinos, ya mayores de edad.
En cuanto al dinero en el banco, mi ________ dice que ha de ser para nosotros ya que la cuidamos, pero eso no consta por escrito en ningún sitio.  En el banco constan como titulares en las cuentas mi suegra y mi mujer. 
Si ella fallece, tienen derecho a reclamar mis sobrinos parte de ese dinero?
Y el piso, cómo quedaría? Supongo que la mitad sería de mi mujer, y la otra mitad de los dos sobrinos…o habría que hacer 3 partes?
Muchas gracias
RESPUESTA:
Estimado señor:
 
El dinero del banco se repartiría de la siguiente forma:
 
50 % para su mujer por titularidad, ya que en principio y salvo prueba en contrario -por otra parte posible - si es titular en la cartilla, existe una presunción iuris tamtun* (admite prueba en contra) que indica que el dinero es de su mujer. Del otro 50 % que corresponde a la herencia la mitad por grupos de herederos (su mujer y sus sobrinos a partes iguales).
 
En cuanto a la vivienda exáctamente igual al 50 % por grupos de herederos (ramas de herencia), su mujer y sus sobrinos.
 
Un saludo.
 
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