PREGUNTA:
D. Ricardo, yo necesitaria de Usted un favor si es que me lo puede hacer verá:
El día 20 de enero de este año 2010, el banco me subastó el piso, resulta que la subasta se quedó desierta y se lo adjudicó el propio banco. Yo tenía el recibo del IBI sin pagar, y a día de hoy sigue sin estar pagado.
Mi pregunta es la siguiente: cuando el banco va a escriturar una vivienda embargada el Notario no le pide el recibo del IBI, porque si le soy sincero me fastidia un montón tener que pagarlo yo encima que me llevaron la vivienda y me embargaron la pensión y no tengo el dinero para pagar el IBI.
Si puede me contesta.
Muchas gracias de antemano
RESPUESTA:
Estimada señora:
 
La deuda la contrae el propietario que teiene el inmueble el día 1 de enero. De esa forma, efectivamente es usted la responsable del pago. Al ser un impuesto continuarán intentando cobrarlo a través del embargo de sus cuentas corrientes.
 
Un saludo.
 
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