Buenas tardes.
A grandes rasgos, el tema es el siguiente:
Hay un bien, un coche concretamente, a nombre de dos personas.
El coche fue pagado por un prestamo personal a nombre de una sola de esas personas.
¿Puede este ultimo reclamar el pago del 50% del préstamo al otro titular del vehiculo?
Gracias por su ayuda.
Un saludo.
RESPUESTA:
Estimado señor:
Por supuesto que puede pedirse el 50 % del valor. Además de lo anterior podrá solicitarse que se "liquide el condominio", es decir, que el vehículo pase a uno de los propietarios, se venda a un tercero o se subaste.
Atentamente,
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