martes, 30 de junio de 2009

LICENCIA DE APERTURA

PREGUNTA:

Hola, ante todo muchas gracias por su atención.
Tengo un local de propiedad que lo compré en el año 2003, situado en 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona). Lo he alquilado y se quiere desarrollar una actividad empresarial y me informa el Ayuntamiento que este local no esta dentro de la Ordenanza ya que esta afectado por el Plan Metropolitano General del año 1976 y parece ser que implica hacer aceras mas amplias (me acabo de enterar por el Ayuntamiento, aunque me indican que a lo mejor no pasa nunca, ya que encima de mi local hay un bloque de pisos) y el Ayuntamiento me indica que pueden dar Licencia Municipal al innquilino para realizar su actividad, siempre y cuando yo como propietario firme un papel de que si el día de mañana finalmente se lleva a cabo el tirar abajo el local, no reclamaré ningún tipo de indemnización al Ayuntamiento y quieren también que autorice que lo pongan el el Registro de la Propiedad el que estça afectado. Si firmo le dan Licencia municipal provisional al inquilino y si no firmo no. Eso es lo que me dicen. ¿Es así?. Por favor necesito respuesta urgente. Muchas gracias

RESPUESTA:

Estimada amiga:

Sentimos el retraso en su contestación su mensaje estaba en el SPAM.

No podemos ayudarla mucho, ya que desconocemos ese plan de ordenación, no obstante nos resulta muy extraño que no se haya hecho nada de lo que estaba establecido en el Plan del año 1976.

El problema con el que se enfrenta es que si usted no reclama nada al Ayuntamiento en concepto de indemnización, debe dejar muy claro en su contrato de arrendamiento con el inquilino que él tampoco reclamará nada por dicho concepto.

Atentamente,

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