PREGUNTA:
Quisiera hacerles una consulta y es la siguiente:
He cerrado parcialmente un terreno anexo a mi vivienda para dar lugar a una cochera de uno 14 metros cuadrados. Antes de la obra no tenía más edificabilidad que la que ya había en la vivienda, así que no solicité permiso de obras ya que sabía de antemano que me lo iban a denegar. Pero lo hice porque así lo hicieron otros muchos vecinos de mi urbanización. Ahora he sido denunciado, pero me consta que no lo han sido otros muchos. ¿Podría intentar legalizar mi edificación argumentando que hay otras muchas similares que no han sido denunciadas -agravio comparativo-? ¿Habría otra forma de legalizar la edificación o no me va a quedar más remedio que derribarla?
Muchas gracias
RESPUESTA:
Estimada amiga:
Curiosamente en el despacho estamos llevando un asunto similar al suyo. El problema es si el plan general de ordenación de su municipio permite ese tipo de obras o no. Si las permite podrá legalizarla pidiendo los correspondientes permisos, pagando las licencias correspondientes y asumiendo la posible sanción. Si no lo permite puede intentar presentar recursos ante los organismos oficiales e intentar su legalización, que apriori no será concedida, sin embargo, puede ocurrir que el procedimiento provoque una caducidad de los plazos y la Administración termine por no poder exigirle el derribo.
Tras la respuesta de la Administración siempre queda abierta la vía contencioso administrativa (Juzgados Administrativos), que comprobarán (a través de su demanda), la legalidad de la actuación de la Administración.
Comience por tanto con una reunión con el técnico competente de su municipio y asesoresé sobre la posibilidad de legalizarla.
En cuanto al resto de vecinos con terrazas cerradas debe tener en cuenta, y pérmitame la licencia de usar un simil, que en la carretera son muchos los infractores pero muy pocos los denunciados. Además de lo anterior puede que por motivos diferentes (caducidad o prescripción de los plazos) la Administración ha podido perder su derecho a denunciar.
Atentamente,
www.abogadosenred.es
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