Le escribo una consulta ya que nadie hasta ahora me sabe decir a ciencia cierta cómo debemos de proceder.
Mi madre cobraba una pensión de viudedad a partir de la muerte de mi padre(1994) pero al cabo de 11 años (2005) recibe una notificación conforme su pensión de unos 650 euros por aquel entonces queda reducida a 175 euros porque la ex esposa de mi padre habia reclamado su parte de pensión pero nos dijeron que la ley iba a cambiar en breve.
El año pasado me consta que dicha ley cambió y que las ex mujeres que no estaban cobrando pensión compensatoria como es el caso de la ex mujer de mi padre,no tienen derecho a dicha pensión y que en el caso de cumplir requisitos para la adjudicación la última esposa tiene derecho a percibir al menos el 40% de dicha pensión.
Mi cosulta es si esta ley es a efectos retroactivos, es decir si esta señora (la ex esposa de mi padre) que además goza de una buena situación económica podría
no tener derecho a la pensión que tiene reconocida.
La ex esposa de mi padre no percibía compensación alguna y mi madre malvive con 175 euros al mes de pensión (que no son ni el 40%de la pensió sino u 27%),ya que además trabajó sin asegurar en el servicio doméstico y no tiene derecho a nada más,me gustaría que me aclarara si podríamos reclamar la pensión íntegra que venía percibiendo mi madre antes de que esta señora se la reclamara o por el contrario al tener la pensión reconocida la ex mujer ya no podemos hacer nada pese a la reciente entrada en vigor de esta nueva ley.
Agradecería su respuesta ya que nuestra situación es desesperada, debo mantenerla y ya no sé qué hacer porque tengo también dos niños a mi cargo.
Muchísimas gracias
RESPUESTA:
Estimada amiga:
Gracias por su pregunta.
Efectivamente la normativa ha cambiado (Ley 40/2007 le enviamos un enlace de dicha normativa). Pero ya le indicamos que no tiene efectos retroactivos, la normativa como régimen general es irretroactiva, es decir, aplicable sólo a las nuevas circunstancias. No es su caso.
No obstante, nosotros, si estuviesemos en su caso presentariamos un recurso al INSS solicitando la revisión de la pensión por la modificación antes dicha, aunqueya le anticipamos que la respuesta será negativa. ¿Entonces?, ¿con que objeto?. Con el ánimo de revisar las pensiones (su madre y la exmujer). Solicite que se comprueben los ingresos de cada una de ellas y si se dan los supuestos en los que se pierde el derecho a la pensión.
Les enviamos enlaces de la página oficial con los requisitos, supuestos de pérdida del derecho a la pensión y normativa aplicable.
Un saludo.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Muerteysupervivencia/RegimenGeneral/Viudedad/CausantesBeneficiar28490/index.htm
http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/Normasdepensionesyo7722/RegimenGeneralprest11298/Normativademuerteys6731/index.htm?ssUserText=124594&dDocName=116455
LEY 40/2007
http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/NormasGenerales/104376?ssSourceNodeId=2100#A5
El 23 de mayo de 2009 11:15, YVONNE pala
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