sábado, 28 de marzo de 2009

Plazo para dictar sentencia.

PREGUNTA:


Muy Sr. mio:

Me gustaria saber el plazo que tiene un juez para dictar sentencia tras un juicio contencioso administrativo. El juicio se celebró el 23 de enero y aun no se ha pronunciado.

Muchisimas gracias por su interes y enhorabuena por su idea de este blogs

Atentamente

RESPUESTA:

Estimado Sr.:

La ley establece plazos para dictar la sentencia, pero para nuestra desgracia, la habitualidad nos marca que los únicos que cumplimos con los plazos en la Administración de Justicia somos los abogados.

El Juez puede tardar ese tiempo perfectamente en dictar la sentencia. Lo único que podemos hacer como ususarios de los Juzgados y Tribunales es protestar a través de la presentación de un escrito en el que se muestre nuestra disconformidad con el plazo y se le inste a la resolución.

Un saludo.

1 comentario:

Anónimo dijo...

es que tengo una pregunta de otro tema, vivo en union libre con un hombre hace tres años pero el aun no se separa legalmente de la antigua esposa que ya llevan separados 18años,el me aterca que si el falta primero que yo la pension me queda a mi asi no estemos casados yo le digo que no creo que eso sea asi, eso es verdad que deveria de hacer