lunes, 5 de noviembre de 2007

Pregunta. Civil. Matrimonial.

Lourdes nos pregunta: Me estoy divorciando de mi marido, me han aconsejado que contrate un detective para probar la infidelidad de mi marido, ¿debo hacerlo?
Nuestro Código Civil (puedes consultarlo en la página de inicio), regulaba la crisis matrimonial desde la idea de la “culpa” de uno de los cónyuges, y exigía su demostración en la ruptura. Pare eso se preparaba la prueba con detective, buscando demostrar, entre otras cosas, la infidelidad de uno de los cónyuges (buscando su culpa).
Con la nueva regulación que el legislador ha dado, no es necesario probar la culpa de ninguno de los cónyuges. Sin embargo, la prueba del detective sigue siendo muy útil a la hora de demostrar la actividad económica de uno de los cónyuges que desarrolle de forma encubierta, o para demostrar el cobro de retribuciones cobradas en “b”. En todo caso, si la prueba ha sido solicitada por tu letrado debes hacerle caso y poner en práctica su consejo, el es el que verdaderamente conoce las circunstancias concretas del caso.

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