miércoles, 23 de octubre de 2019

Cláusula en el contrato de arrendamiento compensando obras en la vivienda


La regulación establecida en la LAU, en su artículo 21  señala la obligatoriedad del arrendador de realizar sin derecho a elevar la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

Sin embargo las partes pueden pactar, que las obras de reparación sean ejecutadas por el arrendatario, a su costa, a cambio de una «carencia» en el pago de la renta durante los meses que se consideren adecuados al presupuesto de las obras.

Igualmente pueden pactar que el arrendatario efectúe obras de mejora, y que dichas obras queden a beneficio de la propiedad a la finalización del contrato.


Proponemos en nuestra página www.abogadosenred.es un modelo de formulario de anexo a contrato de trabajo por el que el arrendador y el arrendatario pactan una carencia en el pago de la renta por obras en la vivienda que ejecuta y asume el arrendatario.

Las obras pueden ser de mantenimiento o mejora. Lo importante es dejar por escrito los pactos a los que hayan llegado las partes.

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