miércoles, 15 de julio de 2015

Re: casa de mis padres

Estimado señor: 

El hecho de que haya sido su domicilio durante 30 años de forma consentida por el propietario no da derecho a su posesión o propiedad futura.

La nueva titular podrá instar su desahucio en el momento en el que sea propietaria, es decir, tras el fallecimiento de su abuela. Tenga en cuenta que en ese momento sus padres tendrán derechos al tercio de la legítima de toda la herencia, es decir, serán propietarios de algún bien y podrán ejercer sus derechos frente a él.

Por otro lado, no sabemos a que se refiere con hacer una escritura en el notario, imaginamos que se referirá a una escritura de compraventa o donación de su abuela a sus padres. En este caso su abuela es libre de hacer una de las dos operaciones si es su voluntad y está en plenas facultades cognitivas (lo que valora el notario), no obstante tenga en cuenta que si se hace una compraventa tiene que existir un pago del importe pactado, en caso contrario será una venta falsa y se podrán retrotraer sus efectos.

Un saludo.


El 8 de julio de 2015, 4:06, ******************* escribió:
Hola a ver si me explico bien,  mi abuela tiene una casa que esta dividida en 2,ella vive en una mitad y en la otra están viviendo mis padres,mis padres están viviendo allí desde que yo nací, mas de 30 años.Ahora mi abuela ha echo el testamento y le ha dejado las 2 casas a mi tía en herencia y mis padres quieren hacer una pequeña renovación en a casa porque ya tiene sus años,ahora mis preguntas son:
¿Mis padres tienen algún derecho para poder seguir viviendo ahí cuando mi abuela ya no este?
¿Mis padres pueden hacer algo para que no los echen a la calle?
¿Si mis padres hacen una escritura ante notario y mi tía que es ahora la heredera de todo se negara a firmar?
por favor necesito ayuda porque la situación esta un poco tensa,les agradecería su respuesta lo mas rápido posible,muchas gracias por leer esto y espero haberlo expuesto bien.



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Alonso Ricardo Trenado Fajardo. Abogado Col. ICAM 57.429
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