miércoles, 17 de diciembre de 2014

Re: pregunta sobre embargo por impago de deuda.

Respuesta:

El procedimiento de reclamación judicial de impagados se inicia con una demanda en el Juzgado, procedimiento monitorio, verbal u ordinario (dependiendo de la cuantía).

Una vez que recae sentencia se inicia un segundo procedimiento, LA EJECUCIÓN, en el que se solicita el embargo de las cuentas corrientes (posiciones bancarias), salarios (un porcentaje del importe de las cantidades cobradas en la nómina dependiendo del monto total de estas), y el embargo de otros bienes (vehículos, inmuebles, etc.).

Desconocemos el estado de la reclamación que le están efectuando, pero si existe la sentencia declarando la deuda y su obligación de pago podrán embargar SUS BIENES, no los de terceras personas o su cónyuge.

Atentamente,


PREGUNTA AL ABOGADO:

El 17 de diciembre de 2014, 16:32, *************** escribió:
Tengo un adeudo con ***** y lo pasaron a un buffete de abogados el cual me quiere embargar, solamente que la casa y el auto están a nombre de mi esposa, pueden proceder o que tendría que hacer...


de antemano por su atención muchas gracias.



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