lunes, 31 de marzo de 2014

Re: consulta

El nuevo propietario podrá solicitar la división de la cosa común, si el bien no fuera divisible, como suele ocurrir en el caso de los bienes inmuebles, se procedería a solicitar la división económica, esto es, la venta a tercero, o subasta pública.

Un saludo.


El 30 de marzo de 2014, 20:11,******* escribió:

Buenos días, mi consulta es la siguiente:

En unos días se va a proceder a subastar mitad indivisa de una cuarta parte de la nuda propiedad de una vivienda. La misma procede de herencia de mis padres, pero uno de mis hermanos (somos cuatro) nos vendió su parte quedando dividida en tres partes. Al estar una hermana y yo casados  y en gananciales pasaron nuestros respectivos cónyuges a ser copropietarios. El cónyuge de mi hermana ha tenido problemas y por este motivo se subastara la parte de su esposo.

Actualmente estoy viviendo en ella ocupando, por acuerdo con mis 2 hermanos toda la vivienda.

Mi pregunta es la siguiente: Como nos va afectar el resultado de la adjudicación? Puede el adjudicatario obligarnos a dividirla? Que más cosas pueden suceder? Muchas Gracias saludos.




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Alonso Ricardo Trenado Fajardo
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"El derecho es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho".
El Digesto

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