jueves, 19 de septiembre de 2013

Re:

Estimado señor:

El hecho de que viva en la casa de su hermana no implica que lo haga pagando un alquiler, luego solo se debe declarar en Hacienda en caso de que obtenga algún tipo de rendimiento inmobiliario (en su caso alquiler).

En cuanto a la figura del precario, es aquella en la que se habita en un inmueble sin pagar renta o merced, en una situación voluntariamente aceptada por el propietario.

Al no existir contrato se puede pedir que se cese en el uso en cualquier momento. Los problemas aparecen cuando no se pretende abandonar la vivienda. En ese caso hay que solicitar judicialmente que se proceda al lanzamiento.

Un saludo.


El 17 de septiembre de 2013 13:34, ****************************> escribió:

Mi hermana se encuentra en esta situación . Una amiga de ella , en situacion de necesidad, le ha pedido empadronarse en su piso , del cual ella sola paga hipoteca y vive sola (está separada sin hijos). Dice que se estará en el piso solamente unos días, pero yo no me lo acabo de creer. 


Si esta amiga (que no es ningún familiar) se empadrona en su piso, tiene que justificar a hacienda algo para que quede claro que no es un alquiler? ¿Hacienda cruza datos con el padrón municipal? ¿Puede tener la amiga algun derecho a seguir viviendo en la casa por un tiempo mínimo si acredita que está empadronada allí, aunque no haya contrato de nada? Lo digo porque en un foro leí algo sobre el derecho en precario, pero no sé que es (en qué consiste?). 


Ella dice que no pasará nada, pero yo estoy preocupado.

 

Muchas gracias por su amabilidad.

 

"El derecho es la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno su derecho".

El Digesto

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