Estimado señor:
Lo primero que deben conocer es si existía testamento, en caso de que
este no existiera, los herederos existen unos forzosos:
Son herederos forzosos:
1.Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus
hijos y descendientes.
3.El viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.
Por tanto los sobrinos no tienen derecho a legítima, pero si sus
abuelos si estaban vivos.
Lo primero que debe hacer es solicitar el certificado de defunción
(registro civil) y con él solicitar un certificado de últimas
voluntades, donde consta si existe testamento y en que notario se
formalizó -en el caso de que se hiciera-.
Un saludo.
El día 25 de enero de 2013 16:30,  ****** escribió:
> Buenas tardes. Querría plantearles la siguiente cuestión. Mi tío ******,
> casado, falleció hace años, dejando viuda a mi tía. No tenían hijos. Dejó
> testamento, cuyos pormenores desconocemos. La única familia de mi tío era mi
> padre (su hermano) y nosotros (sus sobrinos), además de una hermana de mi
> tía. En el momento de la muerte de mi tío, mi padre no hizo valer sus
> derechos hereditarios, si es que los tenía.
>
> Ahora, años más tarde, ha fallecido mi tía. Deja sobrinos por parte de mi
> tío (mis hermanos y yo) y por parte de su hermana. Mi pregunta es la
> siguiente: ¿tenemos los sobrinos derecho a, al menos, la legítima de mi
> difunto tío? Si fuese así, ¿cómo deberíamos proceder para reclamarla?
>
> Gracias por sus servicios. Un cordial saludo.
>
>********
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Alonso Ricardo Trenado Fajardo
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