miércoles, 7 de noviembre de 2012

Re: Consulta comunidad de vecinos

Estimado señor:

Puede que no se pueda instalar una gestoría en un cuarto piso, consulte en su Ayuntamiento, ya que lo normal es que los negocios solo puedan instalarse en bajos y primeras plantas.

En cuanto al aumento de la cuota no es posible, a menos que en los Estatutos de la Comunidad se estipule de esa forma.

Si la legislación urbanística permite la instalación de negocios en una cuarta planta, debe consultarse el título constitutivo de la Comunidad o sus estatutos por si se hubiera estipulado en ellos alguna cláusula que impida esa instalación.

Si no existe ninguna limitación en su Ayuntamiento, o en los Estatutos o título constitutivo de su Comunidad no se necesita autorización para su instalación.

Un saludo.


El 7 de noviembre de 2012 09:58, *******************> escribió:
Buenos dias.

En primer lugar agradecerles que podamos hacer este tipo de consultas. Mi pregunta es la siguiente. Nos hemos enterado que en nuestra comunidad de vecinos van a instalar una gestoria. No teníamos conocimiento ni se nos ha informado a la comunidad. Quisiera saber si para poder ponerla necesita autorización de la comunidad de vecinos y si con mayoría simple o absoluta le valdría y si la comunidad puede establecer una cuota mayor para esta vivienda que va a ser una gestoria, por el uso del ascensor, ya que están en el cuarto piso y evidentemente, se incrementará de manera notable su uso, al igual que la luz de la escalera.

Gracias.

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Alonso Ricardo Trenado Fajardo
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El Digesto

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