martes, 25 de septiembre de 2012

División de vivienda titularidad del marido en caso de divorcio.

Por resultar una sentencia interesante a los efectos de determinar quien hace uso de la vivienda familiar en caso de divorcio la publicamos en el blog.


Doctrina jurisprudencial sobre la posibilidad de división material
de vivienda familiar en interés del menor


SALA 1ª, Sentencia 30/04/2012, rec. 84/2011, EDJ 2012/89286
Pte: Roca Trías, Encarnación

Acuerda el TS estimar el recurso de interés casacional planteado por el esposo divorciado contra la
sentencia que, revocando la de instancia en parte, estableció que la atribución de la vivienda familiar debía
tener lugar en su totalidad a favor de la esposa divorciada, en contra de lo pretendido por el mismo que
era fijar en la planta baja de la casa su taller reservándose el derecho de uso de esta parte del inmueble para
instalar su vivienda. La Sala resuelve que, en relación a esta cuestión, -consistente en determinar si puede
distribuirse físicamente un inmueble propiedad del marido para adecuar la vivienda familiar en una parte
del mismo-, hay que atender a la corriente doctrinal que permite esta división siempre que -a tenor de lo
dispuesto en el art. 96 CC- se acredite la posibilidad de división, su utilidad -al presentar condiciones de
habitabilidad lo que resulte de la misma- e inexistencia de relación conflictiva entre los interesados. Es por
ello que atendiendo la Sala al interés más digno de protección del menor como a la titularidad en exclusiva
del marido accede a esta "división de espacios". Señala como doctrina jurisprudencial que "cabe la división
material de un inmueble en el procedimiento matrimonial, cuando ello sea lo más adecuado para el
cumplimiento del art. 96 CC , es decir, la protección del interés del menor y siempre que la división es
posible y útil por reunir las viviendas resultantes las condiciones de habitabilidad".

--
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Sigue nuestro blog:  www.abogadosenred.es
Alonso Ricardo Trenado Fajardo
Abogado Col. ICAM 57429
C/ Doctor Esquerdo 29 1º D 28028 Madrid
Tfno: 639 140 654  Fax: 91 468 58 32

1 comentario:

Anónimo dijo...

Me parece muy bueno poder consultar estos articulos sobre abogados y sobre un abogado laboral en particular. Me saque muchas dudas, gracias