martes, 19 de junio de 2012

Re: ayuda para disolución cosa común

Estimado señor:
 
Efectivamente, sino hay un comprador de la vivienda, o la parte contraria y copropietaria no quisiera vender, podría forzar la división de la cosa común judicialmente. Como la división física no es posible (no se puede partir el piso a la mitad), se trataría de una división económica que consiste en que uno de los dos se quede la casa y compense al otro económicamente, se proceda a la venta a un tercero, y en último caso se saque a subasta pública.
 
En este último caso, si en la subasta no hay ofertas, no se producirá la adjudicación al banco, porque este no ha pedido el desahucio ni la subasta, y no se le debe cuantía alguna.
 
El banco única y exclusivamente se lo adjudicaría si no pagan la hipoteca y es la entidad financiera quien solicita la subasta del bien. Indicarles que por ley se estableció una adjudicación al 60 % del valor de tasación siempre que no haya una oferta y se supere la misma. La práctica judicial es que los bancos a través de filiales hagan ofertas por el 49 % del valor, y luego en su propio nombre aumenten la oferta al 50 % más un euro. Es legal pero desde luego moralmente reprochable, pero así está ocurriendo.
 
Un saludo.

El 18 de junio de 2012 13:58, ******************** escribió:
 
El motivo de mi consulta es una duda sobre un procedimiento de división de la cosa en común que me estoy planteado realizar:

En 2008 firmé una hipoteca, con la que era mi pareja y ahora mi actual ex-pareja, al 50% por un piso con plaza de garaje todo en la misma escritura y tenemos todas las letras pagadas hasta fecha de hoy sin haber dejado de pagar ninguna al banco (nunca hemos estado casados ni pareja de hecho ni tenemos hijos). Después nos separamos y acordamos la venta de la vivienda mientras ella seguía viviendo allí, pero ahora cuando alguien ha intentado visitar la vivienda ella se ha opuesto a enseñarla, con lo cual veo poca predisposición por su parte para la venta y muchos problemas además que solicita un precio nada realista ya que ella sigue viviendo allí y disfrutando del piso por completo aunque seguimos pagándolo al 50% todo.

Me comentan que puedo solicitar la disolución de la cosa común judicialmente y así ella podría cambiar su posición y negociar para evitar una subasta del piso, pero mi duda llega aquí en este punto, si ella no accediera a negociar o no llegaramos a un acuerdo y el procedimiento siguiera su curso para que se subastara el piso y llegado el momento no hubiera ningún postor, ¿que cantidad de deuda asumiriamos? ¿el banco podría adjudicarse el piso por el 60% del valor de tasación? ¿el valor de tasación sería el que aparece en las escrituras de la hipoteca para la subasta? ¿debería pagar intereses o costas o gastos o algo?

Tengo los siguientes datos en la distribución de responsabilidad hipotecaria cuando firmamos la hipoteca ante notario y la deuda actual que tenemos sobre el piso es de ******000 euros:

Principal             Interés Ordinario              Interés demora             Costas            Gastos              TRH               Subasta

 

Según lo que yo entiendo, que es más bien poco, si llegaramos hasta el final del procedimiento y se produjera la subasta el precio de salida sería ******* En caso de quedar desierta la subasta sin postores el banco se quedaría el piso por el 60% del valor de tasación en subasta, es decir ********euros, con lo cual seguiriamos debiendo al banco:

*******0 (falta por pagar) - ////3.000 (dinero obtenido en subasta) =  *****euros deuda tras la subasta / 2 ( yo y expareja) = *****000 euros le debería yo al banco después de todo el procedimiento.

Quería preguntarles si mis cálculos son más o menos correctos o si voy muy desencaminado si me pueden orientar por favor. Muchas gracias por leer mi problema y por su tiempo y su ayuda. Saludos.




--
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Sigue nuestro blog:  www.abogadosenred.es
Alonso Ricardo Trenado Fajardo
Abogado Col. ICAM 57429
C/ Doctor Esquerdo 29 1º D 28028 Madrid
Tfno: 639 140 654  Fax: 91 468 58 32

No hay comentarios: