RENTA 2011. INDEMNIZACIONES EXENTAS DE TRIBUTACIÓN.
   
   
  Efectivamente están sujetas y no exentas las cantidades recibidas en concepto de pacto entre empresario y trabajador si las indemnizaciones no vienen establecidas en el Estatuto de Trabajadores.
   
  Por otro lado, si las cantidades son consideradas dietas si están exceptuadas de gravamen si las cuantías no superan lo establecido en el artículo 42.2 de la Ley de IRPF, y por tanto no tienen la consideración de rendimiento del trabajo.
     
  Un saludo.
  El 23 de mayo de 2012 11:43, david ****** escribió:
        Buenos días.
  Mi consulta es la siguiente.
  La empresa me acaba de comunicar el traslado de forma definitiva de mi puesto de trabajo a otro municipio, por ello recibiré una compensación económica.
  Dicho traslado, no implica cambio de residencia.
   
  Esta compensación me indican que la van a abonar en la nómina. Pero, ¿está sujeta a IRPF o por el contrario está exenta?
  La empresa me dice que me va a retener el IRPF, pero yo no tengo claro.
   
  Saludos y muchas gracias
  David
  
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    Alonso Ricardo Trenado Fajardo
  Abogado Col. ICAM 57429
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