martes, 20 de septiembre de 2011

Deducción vivienda habitual. Reinversión. Plazo de 3 años. Vivienda Habitual.

PREGUNTA:
Buenos dias, en 2006 mi mujer y yo tuvimos un niño, a la vez que a ella la echaron de su trabajo, decidimos cambiarnos de piso, ya que la vivienda que habitabamos tenia 30 metros cuadrados y no podiamos practicamente ni poner la cuna, dicha vivienda la compramos 2 años y 6 meses antes, en la declaracion de la renta pusimos reinversion de la vivienda habitual y cual es nuestra sorpresa cuando hace cosa de 6 meses nos manda una carta hacienda diciendo que debemos 14.000 € por que la vivienda no se correspondia con vivienda habitual al no haber estado 3 años en ella, presentamos alegaciones diciendo que como pone en la ley podia ser una causa justificada el tamaño del piso, pero no han considerado eso una causa justificada, ademas el empleado de hacienda nos comento que deberiamos haber hecho un escrito mas elaborado, nuestra duda es que nos han comentado que pongamos una reclamacion y el problema es que no sabemos que deberiamos poner, ya que nos parece que un piso de 30 m2 no es suficientemente amplio para criar a un niño, ademas nos cambiamos a un piso mayor (80m2) y mas barato, ya que con solo mi sueldo no nos veiamos capaces de poder mantener la hipoteca.


Un saludo y gracias

RESPUESTA:

No puedo recomendarles otra cosa que se pongan a disposición de un abogado fiscalista. En estos supuestos, es muy importante presentar pruebas contundentes de la necesidad del cambio de la vivienda. Por otro lado el reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas establece una serie de requisitos a los efectos de considerar la vivienda como habitual:

"Ser residencia del contribuyente al menos
tres años continuados, salvo por fallecimiento o cuando concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, o cambio de empleo, u otras análogas justificadas".

En ese análogas justificadas es donde se debe hacer incapié, reflejando las necesidades económicas (por otro lado no contemplada en la normativa), y la necesidad del mayor espacio.
Atentamente,

No hay comentarios: