viernes, 4 de febrero de 2011

Pensión de invalidez.

PREGUNTA:

Buenas tardes me gustaria me dieran alguna solucion a mi problema,por adelantado muchas gracias,
mi consulta es la siguiente: tengo una incapacidad temporal hoy ha echo un año de dicha baja solicite una invalidez permanebte, y me lo han aceptado pero resulta que a la hora de pagar me lo deniegan por ser deudor mi pregunta es la siguiente,pueden ellos no pagar mi invalidez hasta que yo no haga efectivo la deuda que tengo con ellos,yo no dispongo ni de bienes ni ingresos solo los pagos de la bajas que ya no tendre, que debo hacer pueden negarse al pago
gracias anticipadas.

RESPUESTA:

Entiendo que se trata de una autónoma, ¿verdad? Efectivamente, la legislación permite no hacer efectivo el pago de prestaciones hasta el momento en que se ponga al pago de sus cuotas. Tenga en cuenta que cuanto más tiempo tarde en hacer efectivas esas cantidades, más dinero pierde en concepto de pensión (pasan los meses).

Un saludo.

No hay comentarios: