lunes, 26 de octubre de 2009

Resolución anticipada de contrato de arrendamiento

PREGUNTA:

Buenas tardes,

hace un mes firmamos un contrato con una empresa para alquilarles nuestro local a ellos. El contrato esta firmado para entrar en vigor el proximo dia 1 de noviembre (queda una semana). El pago de la primera renta, segun se estipuló en el contrato, debe ser entre el dia 1 y 5 de noviembre.

Hoy me han llamado diciendo que ya no quieren el local argumentando un sin sentido y me he quedado de piedra.
La situacion actual del local es que esta medio vacio ya de mobiliario y no hay posibilidad de recuperarlo y la clientela fija ha sido avisada de que cerrabamos definitivamente el dia 1 de noviembre.

¿Nos pueden avisar con tan solo 1 semana de que ya no quieren el local? ¿Que hay de los daños y perjuicios causados hacia nuestro negocio?

Estoy aun en shock y necesitaria algun tipo de asesoramiento.

Gracias.

RESPUESTA:

Estimado señor:

Entendemos por sus palabras que estaban realizando un traspaso, ya que hablan de sus clientes y del cese de la actividad.

En principio (no hemos visto ningún documento), la resolución del contrato (nos ha indicado que está ya firmado), tiene sus consecuencias. Los Tribunales están marcando una indemnización para el propietario pro resolución anticipada del contrato d eun mes de renta por cada año dejado de cumplir.

Atentamente,

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