PREGUNTA:
Vendimos una casa q era herencia de mi abuela.Cuando mi abuela hizo testamento repartio entre sus hijos, uno de los cuales era mi padre q ya habia muerto con lo cual su parte paso a mis hermanas y a mi. Este testamento esta hecho desde hace unos 30 años o mas. Ahora al vender la casa nos dijeron q teniamos q pagar en la notaria los derechos de herencia, unos 300 euros y luego q teniamos q pagar en el registro alrededor de unos 200 euros. Es esto asi? Siempre le corresponde pagar estos importes al vendedor?? GRACIAS
RESPUESTA:
Buenos días:
Efectivamente tiene que pagarlo el vendedor, pero es lógico, la casa debe estar a nombre todavía de su abuela o padre, y tienen que ponerla a su nombre antes de venderla. El comprador no puede asumir los gastos de cambio de titular en el registro.
Un saludo.

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