jueves, 5 de junio de 2008

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PREGUNTA.

Ya pude informarme de lo de los 15 días de preaviso a la empresa si yo me voy y he visto que en mi convenio de comercio si que lo pone.
Así que le avisaré con esos 15 días. Yo quiero irme el 1 de septiembre por lo tanto tendría que avisarle el 15 de agosto o antes. Es posible hacerlo aún estado de vacaciones? Me podrías enviar si no es mucha molestia un escrito-modelo diciendo que me marcho? Es que nunca lo he hecho y no se realmente que hay que poner. Al final, sí le renuevan el contrato del alquiler del local y yo he decidido que me voy a ir.
Otra pregunta: desde que yo le aviso hasta que venga a recoger lo poco o mucho que me tenga que dar, ¿cuánto tiempo limite hay? Es decir, de cuanto tiempo dispone él para darme el dinero?

Muchas gracias.

RESPUESTA:

El preaviso puede darse perfectamente estando de vacaciones, eso si, es imprencindible que quede constancia de su recepción. No hay modelo para el preaviso, simplemente notificar que se causa baja voluntaria el día 1 de septiembre.

No hay un tiempo en concreto, se supone que 15 días para pagarte las cantidades.

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