RESPUESTA:
Estimada amiga del Blog:
PREGUNTA:
Estimada amiga del Blog:
Como bien indica los accidentes in itinere se consideran a todos los efectos accidentes laborales. Obviamente el INSS trata de pagar la baja o pensión de invalidez en un porcentaje menor considerándolos accidentes en horario no laboral.
Entiendo que el accidente de circulación ya fue denunciado, sepa que tiene usted 6 meses para tramitar la denuncia.
En cuanto al INSS efectivamente hay que tener la resolución para proceder a la demanda, o procedimiento que corresponda, ya que inicialmente habrá que efectuar alegaciones y recurrir las resoluciones.
En cuanto a la prueba a aportar, como siempre decimos en derecho, la más amplia posible, horario de trabajo, lugar de trabajo, etc.
Un saludo.
PREGUNTA:
El 14 de septiembre de 2014, 13:21, ******************* escribió:
Muchas graciasEsperando su ayuda me despidoAccidente in itinere solo es necesario presentar papeles que acrediten hora.La fecha para reclamar por via juridica al INSS cuenta desde la resolución final.En definitiva necesito saber si:El accidente hasta ahora se ha considerado por contingencias comunes cuando, a mi parecer, debería ser In Itinere. He presentado una reclamación en el INSS y estoy a la espera de una segunda resolución porque la primera la denegarón. En ese entonces no tenía documentación que acreditase donde vivía y ahora si la poseo. El personal del INSS me dijo que para ser aprovada solo debía de presentar un papel que diga la hora en la que ocurrío pero no estoy tranquila porque me han dicho que también influye el trayecto. El trayecto es claramente de camino a mi trabajo, pero no presente esos papeles porque los consegui después de presentar la segunda reclamación.Buenas tardes,Me llamo *****, el año pasado tuve un accidente de trafico en el que un coche se salto un stop y nos golpeo la motocicleta, yo era paquete. Desde ese entonces he estado de baja y sigo estandolo. Tengo daños en la rodilla. El accidente ocurrio de camino a mi trabajo y 10 minutos antes de incorporarme. La calle donde ocurrió esta claramente en el paso a mi trabajo, y dispongo de papeles de mi empresa que acreditan que mi horario de trabajo era 10 minutos despues de lo que marca el parte de accidente de la policia.
En el INSS me dicen que debo de esperar resolución pero tengo dudas de cuando cumple la fecha para poder presentar denuncia, ya que estas reclamaciones tardan mucho en responder.
 
 
 
 
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