Durante la época de lactancia de los hijos, o en supuestos de hospitalización se establece la posibilidad de una reducción de jornada sin pérdida de retribución. Es el llamado coloquialmente permiso de lactancia.
  Cuando el trabajador necesita más tiempo, una vez terminado el plazo del citado periodo para la lactancia, se puede pedir la reducción de jornada con la reducción proporcional de la retribución. Es la llamada "GUARDA LEGAL".
  En los supuestos de GUARDA LEGAL es el trabajador el que concreta la reducción de jornada, el tiempo de su duración, y las horas dentro de su jornada ordinaria.
El único requisito es que el trabajador/a debe preavisar a la empresa con 15 días de antelación (norma general)  o el tiempo de preaviso que establezcan los convenios colectivos.
  El convenio colectivo puede establecer los criterios que permitan determinar la concreción horaria (en que periodos dentro de la jornada se puede reducir la jornada). Compruebe su convenio.
  Un saludo.
El 21 de mayo de 2014, 9:25, ***********************************> escribió:
Buenos días, me gustaría que me ayudaran con un problema que tengo, acabo de volver de mi baja maternal y solicite una reducción de jornada de 1 hora (12,5%) de mi horario anterior, con el siguiente detalle de 7.30 a 14.45. En la empresa no me deniengan la reducción pero me imponen un horario de 7.30 a 14.00, lo que supone una reducción de un 24% de mi horario anterior y consecuentemente de mi sueldo. Quiero saber si tengo algún recurso legal para reclamar que me den el horario solicitado.Gracias.
 
 
 
 
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