Hola,
tengo una deuda con una tarjeta de crédito y tras varios intentos de llegar a un acuerdo de pago adaptado a mis condiciones económicas actuales, me han dicho que me llegará a casa la comunicación de un proceso monitorio.
Por lo que me dice la persona que me ha contactado ( se supone que de la asesoría jurídica del banco ), que cuando firmé la aceptación de la tarjeta en ella incluía que llegados a estos extremos, aceptaba la deuda que me reclamasen y que no se celebraría juicio ni nada, que directamente va al juez para que dicte la sentencia.
Me dice que estos días me llegará una carta que me dará un plazo de 5 días para pagar y que no iremos a juicio si no que me llegará la sentencia directa del juez obligándome a pagar y si no lo hago me embargarán.
Esto es así ? Es cierto que no se va a juicio donde pueda alegar mis condiciones actuales por las que no puedo hacer frente a esta deuda? Si tengo otros recibos pendientes de pago a los que hago frente cada mes, pueden acordarse pagos pequeños o me embargarán la nómina sin tener en cuenta mis otras deudas?
Podría explicarme un poco en qué consiste el procedimiento del monitorio?
Muchas gracias.
 
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jueves, 22 de marzo de 2012
Re: duda proceso monitorio
PREGUNTA: IMPAGO DE TARJETA DE CRÉDITO Y JUICIO MONITORIO.
No le han explicado correctamente la situación en la que se encuentra. 
El proceso monitorio es un procedimiento por el que presentando una demanda sucinta se solicita al Juez para que requiera al deudor, que podrá alegar lo que estime en su defensa en el plazo de 20 días o proceder al pago de la deuda, o en el caso de que no responda se procederá a emitir un auto que es ejecutable (es decir, que si no se contesta es como si existiera la sentencia de la que le hablan).
 No es sencillo que pueda explicar su situación actual en el juzgado, digamos que solo podrá alegar el pago, que la deuda no coincide u otras situaciones (acuerdo de pago, etc.).
 Si se produce la sentencia o auto ejecutivo, podrán embargar su nómina por un porcentaje dependiendo de sus ingresos, eso si, sin tener en cuenta sus obligaciones de pago.
Nuestro consejo es que no deje de hacer pagos mensuales, aunque sean de cinco euros, eso hará que usted demuestre su voluntad  de pago y perjudique la acción judicial, ya que el importe debido no estará correcto.
 Un saludo.
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El 15 de marzo de 2012 20:26, *********** escribió:
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 Alonso Ricardo Trenado Fajardo
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